San Jos‚ de Balcarce, 7 de Diciembre de 1983 VISTO; Las actuaciones sumarialos incoadas por Expedien- te N§1059/83, y CONSIDERANDO; Que de las declaraciones obrantes a fojas 27/27 vuelta, de los testigos Susana Viggiano de Grave y M¢nica Raquel Bru- ce de Del Prete, surge fehacientemente que el agente municipal Oscar N‚stor Zapata, se encuentra incurso en las causales estatu¡das en el Art¡culo 65§, inciso 4§ de la Ordenanza General N§ 207, por no haber presuntivamente cumplido con la obligaci¢n determinada en el Art¡culo 60§, inciso a (prestar los servicios en forma regular y continua) y Art¡culo 64§, inciso 2 (falta de respecto a los superiores), todos del mismo cuerpo normativo, Que de la copia del legajo personal agregada a autos (fojas 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 22) se desprende que al citado agente se le han aplicado numerosas sanciones, por reiterados incum- plimiento de las obligaciones que le competen en el ejercicio de su empleo p£blico, hecho ‚ste resaltado de fs. 25 por el se¤or Director del Hospital, como as¡ tambi‚n en la declaraci¢n prestada por la Con- tadora del establecimiento (fs. 27 vuelta), y que evidentemente hay que tener en consideraci¢n al resolver por resultar un agravante de fundamental relevancia. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipalidades y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1: Sancionar con CESANTIA ( Art¡culo 62§ - II, inc. c) al ----------- agente municipal Oscar N‚stor Zapata, legajo N§ 396 del Hospital Subzonal de Balcarce.---------------------------------------- ARTICULO 2: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ----------- cretar¡as Municipales, Direcci¢n Hospital Subzonal, Con- tadur¡a, Tesorer¡a, Oficina de Personal, interesado y d‚se el Registro Oficial de Decretos.-------------------------------------------------- DECRETO N§: 400 ---------------